VII ANIVERSARIO nion; acentuada hasta el paroxismo la intimidacion por medio de todas las jerarquias oficiales y no oficiales del régimen, se termino poniendo los magistrados ordinarios frente a una amnistia sabiamente preordinarla para substraer a las sanciones punitivas las responsabilidades moralmente mas graves, y a prohibir toda indagacion sobre los antecedentes del hecho material del asesinato. A pesar de esto, los resultado de la instructoria ya eran tales que toda esta decidida voluntad de sofocamiento no hubiera podido y debido lograr su proposito si los resultados de la indagatoria hubiesen sido avaluados en su justo valor y hubiesen inducido a la Seccion de Acusacion a completar la instructoria y, en cualquier manera, no desligar los mandantes de las responsabilidades que la amnistia no habia cubierto y de las cuales hubieran debido dar cuento - por respeto a nunca desmentidas enseiianzas de la justicia punitiva de nuestro pais - en base a los rnismos cargos que la sentencia de postergacion tiene firme en contra de ellos, a pesar de la amnistia. La Parte Civil no descuido de hacer valer delante de la Seccion de Acusacion, estas consideraciones demostrando y explfcitamente afirmando que su rechazo equivalia a transformar el juicio definitivo, en una mofa intol~- rable. Mas, justamente en el momento concluyente del procedimiento instructor'io, desde lo alto vino la indicacion de la solucion menos correspondiente a la verdad: es decir, con una formula que precluye toda posibilidad de indagacion sobre los antecedentes y sobre las responsabilidades moralmente mas graves. Y ya que la sentencia de postergacion, a pesar de amnistiar a los mandantes afirmaba objetivamente su responsabilidad, uno de los mandantes, el mas fiel, fué subitamente reintegrado en los encargos y en los honores, por la voluntad· de quieu puede permitirse impunemente tal desafio al ju:lgado, lo que es también una intimidacion para con los jueces futuros. 1\1as Roma - en donde por ley debia celebrarse el debate - es tal ciudad que hubiera llamado todas las atenciones sobre las mutilaciones del rito judicial. El debate en Roma hubiera suscitado, por si mismo, todas las protestas del mundo civil en contra de tales mutilaciones, aunque la voz y la capaci<lad de las victimas de la injusticia hubiesen resultado inferiores a la tarea. Tal cosa no podia ser permitida e inmediatamente los "informes oficiaìes" (corno se lee en la misma requisitoria de remocion de causa a otra sede), preanunciaron incidentes quizas garves, si el debate se hubiese tenido en Ron1a. Y no hacia falta decir de qué parte los incidentes hubieran sido provocados. En la generai impotencia de todos los demas, tales incidentes no hubieran podido ser suscitados sino por aquellos en contra de los cuales la prevencion es vedad·a,. asi corno es imposible la represion.' El informe revestia el caracter · de una imposicion. Aceptarla es asumirse la responsabilidad del desorden . . ' grave por c1erto e 1mpunido. Y el debate ha sido en consecuencia relegarlo bien lejos; afuera de todo amplio contro! de prensa y de publico, a merced de las mismas fuerzas que en estos ultimos tiempos siempre hicieron 1·esolver en igual manera todos los procesos, en vano celebrados en contra de quien podia responder de acusaciones aun tremendas y precisas invocando su propia fidelidad al régimen. En este estado de cosas, razonamiento y sentimiento imponian concordemente a la Parte Civil una sola decisi on. Dice cl razonamiento que participar a la conclusion del rito judicial en esta forma, mutilando y sofocando, en la mas absoluta imposibilidad de cualquiera indagacion sobre las causas verdaderas del delito y sobre las responsabilidades primeras; reducido el contradictorio a los detalles horribles mas rudamente materiales de la ejecuci6n; al "corno" sin el "porqué"; eso significaria ratificar la mutilacion y la sofocacion del debate y hacerse complices de los resultados que tal sofocaci6n facilitaria. Quien acepta o simplemente se conforma a un contradictorio de esta naturaleza, pierde el derecho de denunciar la insanable nulidad juridica y moral del juicio. Y el sentimiento ya dict6 a la viuda del asesinado esta carta ya enviada al Presidente de la Corte de Asises de Chieti (sigue la carta ya publicada). Mas por las mismas razones que inducen a la Parte civil a rehusa1: toda ulterior participaci6n a una procedura capaz solamente de consagrar una ti-
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