Interrogations - anno IV - n. 12 - ottobre 1977

que nos son mas comunes, y de aquellos que son propios de cada sector de la Naci6n. Nos referimos •aquellos que nos af.ectan en el 6rden jurfdicoinstitucional, en el 6rden socio-econ6mico y en el 6rden lâboral que se manifiestan en nuestra indefensi6n para hacer ·respetar los derechos adquiridos al tenor de la legislaci6n vigente y en una pe11manentevigilia por la amenaza de cesantf.a y des·empleo. ASPECTOSJURIDICOS-INSTITUCIONALES Ouieseramos •decir que a los trabajadores chilenos se les han respetado sus dere,ohos y que hay en nuestra patria una mayor justicia social. Ouisi•eramos decir que tenemos mayor dignidad.y podemos participar activa y r,ealmente en la oonduccion y en los resultados de las empresas en que trabajamos. Pero hoy, no podemos decir esto a los trabajadores de Chile, por el contrario, tenemos en el lapso que ha transcurrido desde los suces·os de 11 de septiembre de •1973,muohos heohos que nos muestran que las promesas de ·respeto a los der,echos de los tralbajadores y de una mayor justi-cia social, no se han cumplido por parte del Gobi·erno. 1. ESTATUTOSOCIAL DE LA EMPRESA Un primer hecho fundamental que nos muestra la realidad de nuestra afi-rmaci6n es la aprobaci6n del Estatuto Social de la Empres•a. Este estatuto fue aprobado sin ser ,consideradas nuestras afirmaciones. Las mas importantes de ellas se referian a la falta de particiipaci6n en los mecanismos ,de poder de la •empresa. Lo que consagra el Estatuto 1 Social, es meramente informativa y consultiva, sin que nos ofrezca alguna participaci6n r-eal en las decisiones de la Empr,esa; la participaci6n es asi solo de caracter. formai y no altera la estructura injusta y opres·iva de la empresa capitalistica. El Estatuto establece, ademâs, areas en que la informaci6n es reservada y los ejecutivos de la empresa pueden entr,egar las versiones que ellos deseen ·a los trabajadores, sin que podamos exigi-r una informaci6n auténtica, oportuna y en lenguaje que sea comprensible, ya que no contempla sanciones para los ejecutivos que no lo hagan. El Estatuto Social no sena'la cuales serân las diferencias entre los dirigentes sindicales y los representantes de los trabajadores en el Comité de Empresa, lo mas positble es que existan funciones 78

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